Informe

[Comentario] Tendencias deliberativas en el SSBJ (Consejo de Normas de Sostenibilidad).
~ Normas de divulgación del alcance 3 en Japón ~.

El Consejo de Normas Internacionales de Sostenibilidad (ISSB) publicó la versión final de su Norma de Divulgación de la Sostenibilidad el 26 de junio de 2023.

En muchos países ya se está avanzando hacia la aplicación de las normas de la ISSB, incluido el inicio de la divulgación con arreglo a normas interoperables con las normas de la ISSB en Europa, y en Japón, la divulgación de información sobre sostenibilidad en los informes de valores ha comenzado en el ejercicio financiero que finaliza el 31 de marzo de 2023.

En respuesta a la demanda de desarrollo de normas específicas de divulgación de la sostenibilidad, el Consejo de Normas de Sostenibilidad de Japón (SSBJ) publicó tres borradores de exposición (los "Borradores de Exposición") el 29 de marzo de 2024, antes de la publicación de las normas definitivas a finales de marzo de 2025. Se publicaron los tres borradores de exposición siguientes ("Exposure Drafts"). Se publicaron los tres siguientes borradores de exposición ("los Borradores de Exposición").

(i) Proyecto de Norma Universal para la Divulgación de la Sostenibilidad, "Aplicación del Proyecto de Norma para la Divulgación de la Sostenibilidad" (la "Norma Aplicable").
(ii) Sustainability Disclosure Thematic Standard Exposure Draft 1: General Disclosure Standard (Borrador).
(iii) Sustainability Disclosure Thematic Standard Exposure Draft No. 2: Draft Climate-related Disclosure Standard.
(2) y (3) se denominarán en lo sucesivo "Normas SSBJ".

Este borrador de exposición se ha desarrollado de acuerdo con la Norma de Divulgación de Sostenibilidad de las NIIF, que se considera una línea de base global, y también hace referencia a las emisiones de gases de efecto invernadero de Alcance 3, que es un factor importante en términos de visibilidad de las emisiones de gases de efecto invernadero para la descarbonización.

Este documento describe la evolución en Japón tras la publicación de la versión final de la ISSB y el estado de las deliberaciones en la SSBJ, centrándose en el Ámbito 3.

1. antecedentes de la publicación del proyecto de SSBJ

El Consejo de Normas de Sostenibilidad de Japón (SSBJ) se creó en julio de 2022 como una organización interna de la Fundación de Normas de Contabilidad Financiera (FASF) con el objetivo de desarrollar normas nacionales japonesas para la divulgación de la sostenibilidad y difundir opiniones a la ISSB (Figura 1).

Figura 1: Correspondencia entre la Fundación IFRS y la FASF(en...)Consejo de Normas de Sostenibilidad (SSBJ))

La SSBJ tiene el carácter de contraparte nacional de la ISSB, y las normas de la SSBJ aquí publicadas son interpretaciones de las normas internacionales elaboradas por la ISSB para el mercado japonés.

Esta Norma SSBJ se ha desarrollado tras una revisión individual, tema por tema, de si el contenido de las Normas NIIF de Divulgación de la Sostenibilidad (NIIF S1 y NIIF S2) publicadas en junio de 2023 debería incorporarse también a la Norma SSBJ.

La NIIF S1 consta de dos partes: una parte que establece los fundamentos para preparar la información financiera relacionada con la sostenibilidad y otra parte que establece las cuestiones que deben revelarse en relación con los riesgos y oportunidades relacionados con la sostenibilidad ("contenido básico"). El contenido básico consta de dos partes.

Este Proyecto de Exposición establece los requisitos básicos para una norma que corresponda a la NIIF S1 en Japón.(i) "Normas aplicables".Con,
Definir el contenido básico consistente en Gobernanza, Estrategia, Gestión de Riesgos e Indicadores y Objetivos.(ii) "Normas generales".y propone presentarlos por separado, lo que simplifica la estructura en comparación con la norma NIIF.


Figura 2: Diferencias estructurales entre las normas de la ISSB y la SSBJ
(Fuente: Sustainability Standards Board, "Sustainability Disclosure Thematic Standard Exposure Draft No. 2, Draft Climate-related Disclosure Standard.'

*IFRS S1: proporciona un conjunto de requisitos de divulgación diseñados para permitir a las empresas comunicar a los inversores los riesgos y oportunidades relacionados con la sostenibilidad a los que se enfrentan a corto, medio y largo plazo.

 NIIF S2: Establece revelaciones específicas relacionadas con el clima y debe utilizarse junto con la NIIF S1.

Sobre la base del deseo expresado en la Junta General del Consejo de Servicios Financieros del 19 de febrero de 2024 de aplicar las normas de la SSBJ a "las empresas que se centran en el diálogo constructivo con los inversores globales", se prevé que las normas de la SSBJ se apliquen en principio a las principales empresas cotizadas.

Con la publicación del marco, hasta ahora poco claro, para medir y revelar las emisiones de gases de efecto invernadero de Alcance 3 en un borrador de exposición, se espera que los esfuerzos para revelar estas emisiones adquieran cada vez más importancia en la gobernanza empresarial en el futuro.

La siguiente sección resume las deliberaciones hasta la fecha, centrándose en el Ámbito 3.

2. visión general del ámbito de aplicación 3

La visualización de las emisiones de gases de efecto invernadero es cada vez más necesaria para alcanzar la neutralidad de carbono, y un indicador importante para ello son las emisiones de gases de efecto invernadero de Alcance 3.

El Alcance 1 representa las emisiones directas de gases de efecto invernadero de la propia empresa declarante, mientras que el Alcance 2 representa las emisiones indirectas derivadas del uso de electricidad, calor y vapor suministrados por otras empresas.

En cambio, el Alcance 3 se refiere a las emisiones indirectas de gases de efecto invernadero que se producen en la cadena de valor de la empresa declarante y que no se incluyen específicamente en el Alcance 2, e incluye tanto las emisiones de gases de efecto invernadero anteriores como las posteriores.

También establece que está permitido no revelar las emisiones de Alcance 3 en el primer año de presentación de informes como medida transitoria, pero con la aplicación propuesta de la norma SSBJ a partir del período de presentación de informes de marzo de 2027 o marzo de 2028 para las principales empresas cotizadas, los requisitos de revelación de Alcance 3 en el mercado japonés se está convirtiendo en una cuestión inmediata.

Las emisiones de gases de efecto invernadero de alcance 3 se dividen en las 15 categorías siguientes, tal como se establece en la Norma de la Cadena de Valor Corporativa (Alcance 3) para los Protocolos de Gases de Efecto Invernadero (2011), ocho de las cuales se refieren a las fases anteriores y siete a las posteriores de la empresa.

Por ejemplo, la categoría de Alcance 3 "Categoría 15" es "Inversión", que en este caso clasificaría las emisiones de gases de efecto invernadero de terceros financiadas por la empresa declarante.


Tabla 1: 15 categorías definidas por los Criterios de la Cadena de Valor Corporativa (Alcance 3) (2011) del Protocolo de Gases de Efecto Invernadero.(Fuente:Criterios del GHG Protocol Scope 3.(Elaborado por el autor a partir de)

(i)Bienes y servicios adquiridosnueveTransporte y distribución
(ii)bienes de equipo10 (utilizado en documentos jurídicos)Transformación de los productos vendidos.
(iii)Actividades relacionadas con el combustible y la energía no incluidas en las emisiones de gases de efecto invernadero de Alcance 1 ni en las de Alcance 2.undécimo signo del calendario chinoUso de los productos vendidos.
(iv)Transporte y distribuciónEliminación de los productos vendidos.
(v)Residuos generados en las operaciones.Activos arrendados
6)viaje de trabajofranquicia
siete (utilizado en documentos jurídicos)Desplazamientos de los trabajadores15 (utilizado en documentos jurídicos)inversión
viii)Activos arrendados

*El término "gases de efecto invernadero" en las normas SSBJ se refiere a los siete gases de efecto invernadero enumerados en el Protocolo de Kioto: dióxido de carbono (CO₂), metano (CH₄), monóxido de dinitrógeno (N₂O), hidrofluorocarburos (HFC) trifluoruro de nitrógeno (NF₃), perfluorocarburos (PFC ) y hexafluoruro de azufre (SF₆).


En la Norma SSBJ, al igual que en la Norma de Divulgación de Sostenibilidad de las NIIF, las emisiones de gases de efecto invernadero de Alcance 3 se miden de acuerdo con la Norma Corporativa de Contabilidad e Información para los Protocolos de Gases de Efecto Invernadero (2004), y de acuerdo con las 15 categorías anteriores,Deben desglosarse y divulgarse por categorías pertinentes para las actividades de la entidad informadoraEstipula que.

Por otro lado, la práctica de medir las emisiones de gases de efecto invernadero de Alcance 3 es menos acumulativa y está menos desarrollada, y no todas las categorías se aplican a las empresas, ya que las categorías incluidas en las emisiones de gases de efecto invernadero de Alcance 3 varían en función de los hechos y circunstancias de la empresa.

Por lo tanto, aunque las empresas deben tener en cuenta la relevancia de las 15 categorías,Puede decidirse que no es necesario incluir todas las categorías en la medición de las emisiones de gases de efecto invernadero de Alcance 3.

El borrador de exposición también exige la divulgación de la cantidad total absoluta de emisiones de gases de efecto invernadero generadas durante el periodo de información, desglosadas en Alcance 1, Alcance 2 y Alcance 3, y que éstasValor bruto absoluto totalLa ley establece que debe revelarse lo siguiente.

La NIIF S2 no exige revelar los totales,Esta es la propia norma de la SSBJ.


Figura 3: Visión general del ámbito de aplicación del Protocolo de GEI y las emisiones en toda la cadena de valor
(Fuente:Documentos públicos del Ministerio de Medio Ambiente)

3. estado de las deliberaciones sobre el Ámbito 3

2 de octubre de 2023.Documentos públicos de la SSBJSegún el debate sobre la medición de las emisiones de gases de efecto invernadero de Alcance 3, hay dos tipos de debate sobre la medición de las emisiones de gases de efecto invernadero de Alcance 3: uno sobre la medición común a los tres alcances y otro específico para las emisiones de gases de efecto invernadero de Alcance 3.

El primero incluye "reevaluar el alcance de los riesgos y oportunidades relacionados con el clima a través de la cadena de valor", "utilizar información de distintos periodos de notificación" y "agregar los gases de efecto invernadero convertidos en equivalentes de CO₂", mientras que el segundo incluye "aplicar el alcance de la materialidad al revelar cantidades brutas absolutas", "marco de medición del alcance 3" y emisiones relacionadas con la financiación (emisiones financiadas)".

A continuación se resumen los puntos principales de cada uno de los debates. Tenga en cuenta que el siguiente debate se basa en el Proyecto de norma nº 2 y en las Normas aplicables.

◆Tres ámbitos comunes de debate

[Reevaluación del alcance de los riesgos y oportunidades relacionados con el clima a través de la cadena de valor].
La "cadena de valor" se define como "todas las interacciones, recursos y relaciones relacionados con el modelo de negocio de la entidad informadora y el entorno externo en el que opera".

El Borrador de Exposición exige que el alcance de la cadena de valor se determine utilizando información razonable y justificable y que todos los riesgos y oportunidades relacionados con el clima afectados se revisen a lo largo de la cadena de valor en caso de que se produzca un acontecimiento significativo o un cambio material en las circunstancias.

A la hora de medir las emisiones de gases de efecto invernadero de Alcance 3, también es necesario revisar cuáles de las 15 categorías de Alcance 3 y qué empresas de la cadena de valor deben incluirse.

[Utilización de información de distintos periodos de referencia].
A la hora de medir las emisiones de gases de efecto invernadero, el periodo de cálculo de la información obtenida de cada empresa de la cadena de valor puede diferir del periodo de declaración de la empresa declarante, lo que puede dificultar el uso de la información para revelar las emisiones de gases de efecto invernadero de la empresa declarante.

En tales casos,

(⑴Utilizar los datos más recientes de cada empresa de la cadena de valor que estén disponibles sin costes o esfuerzos excesivos.
(⑵La duración del período de cálculo de la información obtenida de cada empresa de la cadena de valor es la misma que la duración del período de información de la entidad declarante.
(iii) Revelar el efecto, en su caso, de los hechos significativos o cambios importantes en las circunstancias relacionados con las emisiones de gases de efecto invernadero de la entidad informante que se hayan producido entre el final del período de cálculo de la información obtenida de cada entidad de la cadena de valor y el final del período de información en el informe financiero con fines generales de la entidad informante.

Cuando se cumplen todos los requisitos anteriores (1)~(3), este proyecto de norma establece que las emisiones de gases de efecto invernadero de una entidad informadora pueden medirse utilizando información de un período de cálculo diferente al período de información de la entidad informadora.

[Agregación de gases de efecto invernadero convertidos en equivalentes de CO₂].
En el contexto de la información de las empresas sobre las emisiones de gases de efecto invernadero,mencionado anteriormenteLos siete tipos de emisiones de gases de efecto invernadero que se han estimado deben agregarse en equivalentes de CO₂. Existen dos métodos para medir las emisiones de gases de efecto invernadero: la "medición directa" y la "estimación".

Si se utilizan métodos de medición directa, las siete emisiones de gases de efecto invernadero deben convertirse en equivalentes de CO₂ utilizando coeficientes de calentamiento global para un horizonte temporal de 100 años basados en la evaluación más reciente del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático disponible al final del período de notificación.

Si a modo de estimación, la más expresiva de las actividades de una empresa, "lanivel de actividad', correspondiente a la cantidad de actividad de que se trate.factor de emisiónEl uso del "-" es obligatorio. El factor de emisión es el mismo que el "intensidad de las emisionesA veces se la denomina "la

◆Discusiones sobre las emisiones de gases de efecto invernadero de Alcance 3

[Aplicación de determinaciones de materialidad en la divulgación de las emisiones totales absolutas de gases de efecto invernadero de Alcance 3.
Según las Normas aplicables, no es necesario divulgar la información exigida por las Normas SSBJ si no es material.

La "importancia relativa" en este contexto se define como "la medida en que, en el contexto de la información financiera relacionada con la sostenibilidad, la omisión, la declaración errónea o la ocultación de determinada información podría razonablemente influir en las decisiones tomadas por los usuarios primarios de un informe financiero de propósito general". Definido como "razonablemente probable que influya en las decisiones tomadas por los usuarios primarios del informe financiero de propósito".

Se espera que el juicio de materialidad se aplique a la revelación de importes brutos absolutos en el Ámbito 3, pero no se establecerá un umbral cuantitativo para determinar las categorías para las que se miden los importes brutos absolutos, teniendo en cuenta la falta de práctica acumulada, el posible aumento de la carga para algunas entidades y el equilibrio con otras normas, En el proyecto de norma se propone incorporar las disposiciones de la NIIF S2 en su totalidad.

*Definición de "bruto absoluto": emisiones de gases de efecto invernadero no intensivas, previas a la compensación, antes de tener en cuenta cualquier esfuerzo directo o futuro de mitigación y adaptación por parte de las empresas (por ejemplo, los créditos de carbono que tienen previsto utilizar).

[Acerca del marco de medición del Alcance 3].
Según las normas de la SSBJ, las emisiones de gases de efecto invernadero deben medirse de acuerdo con la Norma Corporativa de Cálculo e Información del Protocolo de Gases de Efecto Invernadero (2004), que también se aplica al Alcance 3.

La SSBJ proporciona orientación para la preparación de la información sobre las emisiones de gases de efecto invernadero de Alcance 3 en el Borrador de exposición nº 2, basado en el Marco de medición del Alcance 3 de la NIIF S2.

Existen dos métodos para cuantificar las emisiones: la "medición directa" mediante seguimiento y la "estimación", pero la primera está plagada de dificultades y la segunda se incluye básicamente en el cálculo.

En este último, como ya se ha señalado, "nivel de actividad' y '.factor de emisiónLa medición se basa en una combinación de dos tipos de datos: datos primarios obtenidos dentro de la cadena de valor de la empresa declarante y datos secundarios obtenidos externamente.

Además, el cálculo de las emisiones de gases de efecto invernadero de Alcance 3 es,Documentos públicos del Ministerio de Medio AmbienteTambién se puede encontrar en.

[Divulgación de las emisiones financiadas.
Las emisiones financiadas forman parte de la categoría 15 "Inversiones", tal como se define en la Norma de Alcance 3 (2011), cuando la entidad declarante realiza una o varias de las siguientes actividades: (1) actividades relacionadas con la gestión de activos, (2) actividades relacionadas con la banca comercial, (3) actividades relacionadas con los seguros. Es necesario revelar información adicional sobre las emisiones financiadas si la entidad declarante realiza una o más de las siguientes actividades.

Si la entidad declarante se dedica a tales actividades pero no está regulada por las leyes de la jurisdicción en la que opera, puede optar por no divulgar información adicional sobre las emisiones financiadas, ya que es difícil determinar si se requiere una divulgación adicional. En tales casos, la empresa está obligada a divulgar dicha información.

4. viabilidad y retos de las emisiones de gases de efecto invernadero de Alcance 3

Hasta ahora, hemos esbozado las condiciones y los métodos para divulgar y medir las emisiones de gases de efecto invernadero de Alcance 3, pero la situación de la divulgación del Alcance 3 varía mucho de una empresa a otra.

El siguiente gráfico muestra que las empresas con una capitalización bursátil igual o superior a 1 billón de yenes japoneses han avanzado en la divulgación de todas las recomendaciones del TCFD (recuadro azul de la siguiente tabla), mientras que las empresas con una capitalización bursátil inferior a 300.000 millones de yenes japoneses tienen un índice de divulgación inferior al 50% (recuadro rojo de la siguiente tabla), siendo especialmente escasa la divulgación del análisis de escenarios, la gestión de riesgos y el Alcance 3. Los resultados muestran que la divulgación del análisis de escenarios, la gestión de riesgos y el Alcance 3 es particularmente baja.


Figura 4: Divulgación de las recomendaciones de la TCFD por capitalización bursátil
(Fuente:Japan Exchange Group, 'Survey of Information Disclosure in line with TCFD Recommendations (FY2022)'.)

El alcance 3 exige la visualización y reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero a lo largo de toda la cadena de suministro, por lo que requiere la implicación de muchas empresas de la cadena de suministro. Como consecuencia, la medición y el cálculo se han vuelto más complejos y muchas empresas tienen dificultades para hacerles frente.

En la actualidad, en Japón hay pocas solicitudes de información por parte de los mercados cotizados y los inversores, lo que dificulta ver la importancia de los esfuerzos para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero.

Otro obstáculo importante a la divulgación es la falta de conocimientos técnicos y financiación para visualizar y reducir las emisiones de gases de efecto invernadero.

Otras dificultades para medir y revelar las emisiones de gases de efecto invernadero en el Alcance 3 son,Trazar la línea de cobertura de la medición en la cadena de valorCon,Captura de datos precisosHe aquí algunos ejemplos.

[Reevaluación del alcance de los riesgos y oportunidades relacionados con el clima a través de la cadena de valor].Como se indica en la sección 3.1, el borrador de exposición exige información razonable y justificable para determinar el alcance de la cadena de valor.

No sólo es necesario especificar si los proveedores se limitan a proveedores nacionales o internacionales, sino también especificar las actividades cubiertas por cada una de las 15 categorías del Alcance 3.

En algunos casos, es necesario revisar todos los riesgos y oportunidades relacionados con el clima,
Para medir las emisiones de gases de efecto invernadero de Alcance 3, puede ser necesario realizar revisiones más detalladas, que pueden requerir mucho trabajo.

La norma SSBJ también se basa en el supuesto de que se pueden hacer estimaciones fiables de las emisiones de gases de efecto invernadero de Alcance 3 utilizando datos secundarios, datos medios del sector, etc. Sin embargo, si no se recopilan y almacenan datos primarios, y si no se recopilan y almacenan también datos medios del sector o datos secundarios de terceros proveedores de datos, por ejemplo, la norma SSBJ no permite realizar una estimación fiable de las emisiones de gases de efecto invernadero de Alcance 3,Alcance 3 Situaciones en las que no se pueden medir las emisiones de gases de efecto invernadero.se consideran.

Por lo tanto, al tiempo que se reconoce esta situación y se exige a las empresas que revelen cómo gestionan sus emisiones de gases de efecto invernadero de Alcance 3 y, en caso contrario, que lo hagan, también deben solicitar cálculos precisos a otras empresas de la cadena de valor.

Y puesto que no existe un umbral cuantitativo para determinar qué categorías de emisiones de GEI de Alcance 3 deben medirse en términos absolutos, y los tipos de categorías que se aplican varían de una empresa a otra, puede resultar muy difícil medir y divulgar todas las categorías.

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5. conclusión

A medida que avanza la descarbonización a escala mundial con el desarrollo de la norma internacional ISSB, aumenta la atención prestada a las futuras deliberaciones para ultimar la norma SSBJ.

Al mismo tiempo, está aumentando la importancia de visualizar las emisiones de gases de efecto invernadero, incluido el Alcance 3, y se espera que se acelere la divulgación entre las empresas.

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Consulta:
https://aiesg.co.jp/contact/

Referencias.
[1]https://www.ssb-j.jp/jp/wp-content/uploads/sites/6/2024ed01_01.pdf
[2]https://www.jpx.co.jp/corporate/sustainability/esgknowledgehub/disclosure-framework/06.html
[3]https://www.ssb-j.jp/jp/wp-content/uploads/sites/6/2024ed01_04.pdf
[4]https://www.fsa.go.jp/singi/singi_kinyu/sustainability_disclose_wg/shiryou/20240326/03.pdf
[5]https://www.ssb-j.jp/jp/wp-content/uploads/sites/6/2024ed01_02.pdf


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https://aiesg.co.jp/report_tag/基準-規制/

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https://aiesg.co.jp/report/230913_tnfdreport/

[Comentario] ISSB - Global Baseline for Sustainability Disclosure.
https://aiesg.co.jp/report/2301130_issb/

[Sopa de letras.
〜˜ Turbulencias y convergencia de las normas de sostenibilidad ˜.

https://aiesg.co.jp/report/2301226_alphabet-soup/